
La Sección Segunda del Consejo de Estado ordenó al Gobierno expedir en un plazo de ocho días un nuevo decreto transitorio que fije el salario mínimo, tras considerar que el acto firmado en diciembre podría haber incumplido algunos requisitos legales.
El Decreto 1469 del 29 de diciembre de 2025 que fijó el salario mínimo para el año 2026 en $1.750.905 no queda suspendido de inmediato. Solo perderá vigencia cuando el Ejecutivo publique el nuevo acto administrativo. Mientras tanto, el salario mínimo actual continúa rigiendo y debe seguir siendo aplicado por empresas y entidades públicas. Es decir, que se deben hacer los pagos de nómina con base en el salario que tuvo el aumento del 23%, más el subsidio de transporte de $249.095 para quienes aplique.
La suspensión del decreto no tiene efectos retroactivos, y en tanto se expide el nuevo decreto ordenado por el Consejo de Estado, los próximos pagos de quincena tendrán que realizarse de acuerdo con el salario mínimo vital establecido por el Gobierno nacional a partir del primero de enero de 2026.
El alto tribunal señaló que la medida cautelar busca evitar efectos derivados de un acto cuya legalidad está en discusión. No se trata de una decisión sobre el monto del salario, sino sobre el procedimiento con el que fue expedido al no cuantificarse las variables enunciadas para el cálculo que determinó el aumento; es decir que, según el Consejo, se mencionan, pero no se explican.
La decisión del Consejo de Estado se produce en medio de una tensión creciente entre el Ejecutivo y sectores de la institucionalidad que han convertido cada acto del Gobierno en un campo de batalla jurídico.
El ministro de Trabajo, Antonio Sanguino calificó la medida de precipitada e irresponsable. “Sin que hayamos llegado al 24 de febrero que es el tiempo límite para darle explicaciones al Consejo de Estado, toma una decisión precipitada, yo creo que irresponsable, nefasta e indignante para los trabajadores suspendiendo el decreto y pidiéndonos que expidamos un nuevo Decreto en los ocho días siguientes. ¡Esto que es! Esto es un contrasentido jurídico y una irresponsabilidad del Consejo de Estado”.
Formalmente, el alto tribunal se refirió a requisitos legales, pero políticamente, el mensaje es otro, y termina por generar zozobra social al suspenderse de modo temporal -y sin efecto inmediato- una decisión orientada a proteger el poder adquisitivo de millones de ciudadanos a través de salario un mínimo vital, que asegura el ingreso necesario para un nivel de vida digno a los y las trabajadoras y sus familias.
El Gobierno nacional se compromete a cumplir con su deber de proteger y garantizar los derechos constitucionales de todo el pueblo colombiano.










