Por el cual se reglamenta parcialmente el artículo 289 de la Ley 2294 de 2023 y se adiciona el Capítulo 18 al Título 7 de la Parte 6 del Libro 2 del Decreto 1068 de 2015, Único Reglamentario del Sector Hacienda y Crédito Público, para regular lo relativo a una línea de crédito directo con tasa compensada para el financiamiento y desarrollo de proyectos de inversión en infraestructura y en los demás sectores elegibles a través de patrimonios autónomos constituidos por la Financiera de Desarrollo Territorial S.A. -Findeter en calidad de fideicomitente.
El Ministerio de Hacienda, informa a la ciudadanía que se encuentra publicado en el home de la página web y en la Sección Normativa el Proyecto de Decreto para comentarios del 10 de octubre al 25 de octubre de 2025 hasta las 12 de la noche.
Mediante el proyecto de decreto se pretende reglamentar parcialmente el artículo 289 de la Ley 2294 de 2023 y se adiciona el Capítulo 18 al Título 7 de la Parte 6 del Libro 2 del Decreto 1068 de 2015, Único Reglamentario del Sector Hacienda y Crédito Público, para regular lo relativo a una línea de crédito directo con tasa compensada para el financiamiento y desarrollo de proyectos de inversión en infraestructura y en los demás sectores elegibles a través de patrimonios autónomos constituidos por la Financiera de Desarrollo Territorial S.A. -Findeter en calidad de fideicomitente.
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