PD. Por el cual se adicionan los artículos 2.2.4.8.9 a 2.2.4.8.12 al Capítulo 8 del Título 4 de la Parte 2 del Libro 2 del Decreto 1833 de 2016 y se ordena una conmutación pensional.

mayo 12, 2026
Imagen de proyectos de decreto

El proyecto de decreto tiene por objeto garantizar la continuidad en el reconocimiento de las pensiones y en el pago oportuno de las mesadas pensionales a los afiliados y pensionados de la Caja de Auxilio y Prestaciones de la Asociación Colombiana de Aviadores Civiles – CAXDAC, teniendo en cuenta su situación de sostenibilidad de la operación. Para tal efecto, se dispone la conmutación pensional de las obligaciones a cargo de dicha entidad, las cuales serán asumidas de manera integral por la Administradora Colombiana de Pensiones – COLPENSIONES. La adopción de esta medida obedece a la existencia de un riesgo inminente de suspensión en la gestión de reconocimiento y/o pago de las obligaciones pensionales bajo la competencia de CAXDAC. Dicho riesgo se explica por la imposibilidad financiera de la entidad para continuar administrando la operación, circunstancia que ha sido puesta de presente por la propia CAXDAC a través de diversas actuaciones oficiales.

El Ministerio de Hacienda, informa a la ciudadanía que se encuentra publicado en el home de la página web y en la Sección Normativa el Proyecto de Decreto para comentarios del12 al 27 de mayo de 2026 hasta las 12 de la noche. 

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