En uso de las facultades constitucionales y legales, en especial, las que le confieren los artículos 45 de la Ley 1437 de 2011 y 23 del Decreto 2190 de 2016
Versión 1.0
Por Gabriel Felipe Melendez Parra, en 17/11/23 17:04
Registro sin cambios
Decreto 1516 de 2017
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