Servicios FONPET
Servicios que se prestan a través del Mecanismo Único de Gestión - Unidad de Gestión del FONPET
A continuación, encontrará el listado de las Administradoras actuales de los recursos del FONPET:
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Consorcio PRAG Fonpet 2023, conformado por:
- Fiduprevisora S.A.
- Fiduagraria S.A.
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Ministerio de Hacienda y Crédito Público, conformado por :
Dirección General de Crédito Público Tesoro Nacional - DGCPTNDichas Administradoras constituyeron el Mecanismo Único de Gestión - Unidad de Gestión del FONPET a través de la cual se centralizan las operaciones y reportes.
A su vez, el Mecanismo Único de Gestión - Unidad de Gestión del FONPET tiene a su disposición un área de Atención al Cliente a través de la cual centraliza y brinda los siguientes servicios:-
- Asesoría General relacionada con información del Sistema de Información FONPET.
A través de este servicio la Entidad Territorial obtendrá orientación acerca de:- Actualización de datos del representante legal y su delegado en el Sistema de Información FONPET.
- Creación de usuarios para las consultas externas en el Sistema de Información FONPET.
- Instrucciones de pago para realizar los aportes de las Entidades Territoriales por el Botón de PSE.
- Información de pagos desde la vigencia 2024; soportes de pago de retiros o devoluciones.
- La información requerida para el control de las reservas constituidas de los recursos aportados para el cubrimiento del pasivo pensional, relacionada con: la forma de consultar el valor de los pasivos pensionales discriminados por sector, así como el valor de los aportes anuales al FONPET, estimados por la Entidad.
- Atención de solicitudes, peticiones, quejas y sugerencias.
Se brinda atención oportuna y clara a las solicitudes, peticiones, quejas, inquietudes y sugerencias que formulen los Entes Territoriales, (por correo tradicional, correo electrónico, WhatsApp, teléfono y/o presencial), y se da traslado a la entidad correspondiente cuando el Mecanismo Único de Gestión - Unidad de Gestión del FONPET no sea el competente para atender la solicitud. - Rendimientos Generados
Inversiones de los Aportes. Los recursos de los Patrimonios Autónomos se invierten observando para el efecto las reglas previstas en el numeral 5º del Artículo 7º de la Ley 549 de 1999, el cual señala que los recursos se invertirán de acuerdo con las normas vigentes para la inversión de las reservas del régimen de ahorro individual con solidaridad.
Así mismo, las ADMINISTRADORAS de los recursos del FONPET, de conformidad con el numeral 7º del artículo 7° de la Ley 549 de 1999 y con el artículo 4º del Decreto 1584 de 2002, deben invertir hasta el treinta por ciento (30%) de los recursos que administran en los bonos y títulos de que tratan los artículos 9° y 12° de la Ley 546 de 1999, cuyos emisores u originadores sean establecimientos de crédito
Los rendimientos generados por cada uno de los portafolios administrados son distribuidos diariamente en forma proporcional al monto de los recursos que figuren a nombre de cada una de las Entidades Territoriales.
El FONPET es un fondo por unidades, lo que quiere decir, que los aportes que realizan en pesos las Entidades Territoriales son convertidos en unidades teniendo en cuenta el valor de la unidad del día que realicen la consignación. La unidad es valorada diariamente, con el producto de los rendimientos generados por los portafolios de inversiones administrados.
- Asesoría General relacionada con información del Sistema de Información FONPET.
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