Cuenta Única Nacional - CUN
La Cuenta Única Nacional –CUN- es un instrumento de gestión de la Hacienda Pública moderna que tiene por objetivo que los ingresos públicos se capten en un fondo común, desde el cual periódicamente se asigna la financiación de los diferentes gastos determinados en el Presupuesto Nación.
Esquema de funcionamiento

Fuente: Ministerio de Hacienda y Crédito Público y Tesoro Nacional/Subdirección de Tesorería.
Recaudo y Ejecución de Recursos del Sistema de Cuenta Única Nacional
Las respectivas entidades estatales y sus correspondientes órganos de administración o dirección serán los responsables del recaudo, clasificación y ejecución de sus recursos propios, administrados y de los fondos especiales que sean trasladados al Sistema de Cuenta Única Nacional.Traslado de Recursos a la Cuenta Única Nacional
A partir de la vigencia del Decreto y previa instrucción de la DGCPTN, los recaudos de los recursos propios, administrados y de los fondos especiales de los órganos que forman parte del Presupuesto General de la Nación deberán trasladarse a la cuenta Única que para estos efectos disponga la DGCPTN.Los recursos propios, administrados y de los fondos especiales que a la fecha de entrada en vigencia del Decreto se encuentren invertidos en Títulos de deuda pública emitidos por la Nación o cualquier otro activo financiero distinto de estos, se incorporarán como ingresos del Sistema de Cuenta Única Nacional por su valor equivalente a precios de mercado, para lo cual se realizará una transferencia de los derechos incorporados en dichos títulos ante el Depósito Central de Valores del Banco de la República a favor de la Nación – DGCPTN.
Administración de recursos del Sistema de Cuenta Única Nacional
La DGCPTN establecerá para cada entidad o fondo especial a los que se les aplique el decreto, los procedimientos operativos, plazos y flujos de información requeridos para el funcionamiento del Sistema de Cuenta Única Nacional.Disponibilidad de recursos para la atención de giros. La DGCPTN se abstendrá de efectuar giros a beneficiarios de gastos, financiados con recursos propios de los establecimientos públicos del orden nacional y los fondos especiales, en caso de no existir disponibilidad de los mismos en el Sistema Integrado de Información Financiera -SIIF- Nación.
A partir del año 2017 se iniciaron los pagos compensados, el cual se refiere al pago entre entidades que hacen parte del SCUN, donde los recursos no salen de la bolsa de CUN, de tal forma que disminuye una libreta de una entidad A, trasladando los recursos a otra entidad B, lo que hace que incremente el saldo de esta entidad.

Fuente: Ministerio de Hacienda y Crédito Público y Tesoro Nacional/Subdirección de Tesorería.
Recaudo
Tesoro Nacional
Servicios

Portafolio de Fondos Administrativos