El Ministerio de Hacienda y Crédito Público, en cumplimiento del fallo proferido el 10 de marzo de 2022 por el Tribunal Superior del Distrito Judicial de Bogotá D. C., Sala Civil Especializada en Restitución de Tierras, rechaza todo tipo de acto de discriminación en todas y cada una de sus expresiones y como Entidad del Estado, ofrecemos excusas públicas a las comunidades y pueblos indígenas de la Comisión Nacional de Territorios Indígenas que se vieron afectados por la manifestación deshonrosa ocurrida en la sesión No. IX de la Mesa Permanente de Concertación ampliada con la CNTI realizada el 19 de noviembre de 2020.
Versión 1.0
Por Miguel Angel Arenas Duran, en 31/03/22 15:27
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Sentencia 2021 00026 Comisión Nacional de Territorios Indígenas como Vocera de los Derechos de las Comunidades y Pueblos Indígenas de Colombia
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