Contables: Se recuerda que todas las UEJ(s) y Asignaciones Internas deben realizar el proceso de clasificación los saldos contables, a diciembre 31 de 2009, en Cte y no Cte.
Igualmente se reitera que NO se deben realizar registros contables al 2010/01/01 ya que ese día es usado por el sistema para el inicio de año contable. Por lo tanto se deben anular los registros que hayan incorporado en el mencionado día. Para ello deben consultarlo, por la transacción “Captura de Lotes….” y proceder a eliminarlo, con la X en la parte superior.