El suministro al Ministerio de Hacienda y Crédito Público de la información requerida para el funcionamiento del RUA y las condiciones generales para la operación del sistema de información han sido reglamentadas en el Decreto No. 889 de 2001 y en las Resoluciones No. 881 y 1133 de 2001 del Ministerio de Hacienda y Crédito Público. Igualmente, se han generado instructivos para el diligenciamiento de los formatos de reporte de la información por parte de las entidades administradoras del Sistema de Seguridad Social Integral – SSSI.





