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HACIENDA PÚBLICA
Ministerio de Hacienda : Hacienda Publica : Asistencia a Entidades Territoriales : Servicios : Crédito Vías Terciarias

Crédito Vías Terciarias


Prcedimiento para gestionar créditos para vías terciarias
Bogotá, octubre 29 de 2009.- El Ministerio de Hacienda y Crédito Público reitera a los municipios del país interesados en participar en el Programa de Mejoramiento y Mantenimiento Rutinario de Vías Terciarias, Programa que entre otras finalidades propende por la generación de empleos, especialmente de mano de obra no calificada, que pueden realizar la respectiva solicitud del crédito en forma directa en las instalaciones del Ministerio de Hacienda y Crédito Público ubicadas en la carrera 8 # 6- 64 primer piso - Subdirección de Financiamiento de Otras Entidades, Seguimiento, Saneamiento y Cartera. Esta dependencia les brindará la asesoría correspondiente para la obtención del mencionado crédito, sin recurrir a ninguna clase de intermediarios y en forma totalmente gratuita. Sobre el particular, este Ministerio resalta que las entidades territoriales interesadas en acceder al citado Programa, no requieren para el efecto acudir a ningún tipo de intermediarios, tramitadores, ni asesores. Por el contrario, las autoridades municipales pueden adelantar en forma directa ante este Ministerio, las gestiones necesarias para el otorgamiento del crédito hasta por la suma de $120 millones.
Fecha de Actualización: 09-NOV-2009
Los requisitos para el estudio de la solicitud del crédito y elaboración del contrato, son los siguientes:
Solicitud suscrita por el señor Alcalde donde se establezca el monto del crédito y la destinación que se dará al mismo.
Fecha de Actualización: 09-NOV-2009
Certificación suscrita por autoridad competente donde conste que en su Plan Operativo Anual de Inversiones (POAI) se encuentra incluido el proyecto para atender el Programa de Mejoramiento y Mantenimiento Rutinario de las vías terciarias en jurisdicción del Municipio.
Fecha de Actualización: 09-NOV-2009
Fotocopia del Acuerdo del Concejo Municipal con vigencia hasta 31 de diciembre de 2009, donde se autorice a la administración a contratar el crédito y otorgar las garantías respectivas, así como efectuar los ajustes presupuestales correspondientes y en caso de ser necesario los autorice para suscribir el Convenio de Desempeño y/o Acuerdos de Pago
Fecha de Actualización: 09-NOV-2009
Certificación suscrita por el señor Alcalde donde conste que al cierre del 2008, se dio cumplimiento a los límites del gasto establecidos en la Ley 617 de 2000, tanto del sector central como de los órganos de control.
Fecha de Actualización: 09-NOV-2009
Certificación del señor Alcalde donde conste los indicadores de solvencia y sostenibilidad de la deuda del Municipio para la presente vigencia fiscal, de acuerdo con lo establecido en las Leyes 358 de 1997 y 819 de 2003.
Fecha de Actualización: 09-NOV-2009
Certificación suscrita por autoridad competente donde conste que el Municipio se encuentra a paz y salvo por concepto de servicios públicos y alumbrado público
Fecha de Actualización: 09-NOV-2009
Fecha de Actualización: 09-NOV-2009
Requisitos para el desembolso de los recursos solicitados
Solicitud de desembolso suscrita por el alcalde autorizando de manera irrevocable a LA NACIÓN – Ministerio de Hacienda y Crédito Público para que los recursos sean girados y consignados directamente a la cuenta que este señale y de la cual sea titular. La mencionada solicitud deberá contener el nombre del Banco y el número de la cuenta, oficina, ciudad y nombre de la cuenta en la cual se deben depositar los dineros. Anexo No. 4 del contrato de empréstito.
Fecha de Actualización: 09-NOV-2009
Certificación expedida por el Banco, que ratifique la información de que trata el numeral anterior, en los siguientes términos: número de la cuenta, oficina, ciudad y nombre de la cuenta y de la persona que manejará esta cuenta por parte del municipio. Anexo No.5 “Solicitud de Registro de Cuentas Bancarias de Entidades Territoriales” de la Subdirección Financiera del Ministerio de Hacienda y Crédito Público.
Fecha de Actualización: 09-NOV-2009

3. Acto adminitrativo que demuestre que los recursos objeto del contrato de empréstito han sido incorporados en el presupuesto del municipio.

4. Acta de priorozación de los trabajos que se van a ejecutar para el Mejoramiento y Mantenimiento Rutinario de Vías Terciarias debidamente aprobadas por el INVIAS.
Formato Longitud de las Vías a cargo del municipio por tipo de superficie. Anexo No.2 del contrato de empréstito.
Fecha de Actualización: 09-NOV-2009
Formato Estado Físico de las Vías a cargo del municipio. Anexo No. 3 del contrato de empréstito.
Fecha de Actualización: 09-NOV-2009
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