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Circular Externa No. 12 10-04-2012 para Entidades Vigiladas por la Superintendencia Financiera de Colombia y Público en general. Asunto: Publicidad de decretos y resoluciones en servicios financieros - Acuerdo de Promoción comercial entre Colombia y los Estados Unidos de América.

Decreto No. 4909 de diciembre de 2011, correspondiente a los ajustes de bases gravables de impuesto de vehículos para el 2012

Certificación No.1, correspondiente a las tarifas del impuesto al consumo de licores, vinos y aperitivos y similares aplicables a partir del 1 de enero de 2012

Certificación No.2,
correspondiente a los promedios ponderados del impuesto al consumo de cervezas, sifones, refajos y mezclas, aplicables como mínimo a los productos extranjeros gravados que rigen para el primer semestre del año 2012


Certificación No. 3, correspondiente a las tarifas del impuesto al consumo de cigarrillos y tabaco elaborado que regirán a partir del 1 de enero de 2012

Certificación No.4, correspondiente a la base gravable de la sobretasa al consumo de cigarrillos y tabaco elaborado

 

 

Ministerio de Hacienda : El Ministerio : Quejas y Reclamos : 5. Preguntas y Respuestas : Fundación San Juan de Dios

Fundación San Juan de Dios


Generalidades

El Ministerio de Hacienda y Crédito Público a través de Atención al Ciudadano, brinda el servicio de información relacionado con las resoluciones de pago que se han expedido para dar cumplimiento a la Sentencia SU- 484 de 2008 que incluye el pago del mínimo vital, prestaciones sociales, el pago de normalización de aportes y cotizaciones al Sistema Integral de Seguridad Social  y mesadas pensionales a ex-funcionarios de la Fundación San Juan de Dios en liquidación y sus establecimientos hospitalarios:  Hospital San Juan de Dios e Instituto Materno Infantil.

 

 

 

Puntos a tener en cuenta

1. Es responsabilidad de la Liquidación de la Fundación San Juan de Dios determinar:

  •  Los beneficiarios de la Sentencia SU – 484 de 2008.
  • Valor adeudado por concepto de los salarios, mesadas pensionales y de las prestaciones sociales diferentes a pensiones y de los descansos.

2. El Ministerio de Hacienda y Crédito Público, le corresponden dos obligaciones fundamentales frente a los dineros adeudados a los extrabajadores de la Fundación San Juan de Dios  y sus centros hospitalarios:

  • Realizar las verificaciones de las liquidaciones y de sus respectivos soportes, controlando que no se pague más de lo que se adeuda y que el pago consta en una cuantía igual para todos los extrabajadores, sin que sobrepase el monto de la obligación;
  • Pagar las sumas que se encuentren debidamente soportadas

3. Consulte semanalmente los actos administrativos que expide el Ministerio de Hacienda y Crédito Público.

4. En el momento de realizar la consulta, tenga a la mano los siguientes datos:

  • Nombre, identificación y datos de contacto del ciudadano que hace la consulta.

5. Revise detalladamente porque concepto el Ministerio ordena el pago. Tenga en cuenta que pueden darse los siguientes rubros:

A. Mínimo vital
B. Prestaciones Sociales
C. Mesadas pensionales a ex-funcionarios
D. El pago de normalización de aportes y cotizaciones al Sistema Integral de Seguridad Social
E. Pago de embargos
F. Corrección de Yerros Tipográficos

Los rubros A, B, C y E se pagan a los trabajadores en los números de cuentas suministrados  o a través del Banco Popular, ubicado en la carrera 8 No.11-77. El último rubro  es girado directamente al Instituto de los Seguros Sociales. 

6. Si algunos  de sus compañeros o excompañeros de la Fundación San Juan de Dios ya les realizaron abonos y usted no aparece relacionado en ninguna resolución, su caso debe estar en proceso y en consecuencia debe verificar el estado del mismo directamente con la Liquidadora Fundación San Juan de Dios.

7. Si usted desea saber por qué no está incluido en los listados de las resoluciones, tenga en cuenta que el Ministerio de Hacienda y Crédito Público expide las resoluciones de acuerdo a los actos administrativos proferidos por la Gerente Liquidadora de la entidad Doctora Anna Karenina Gauna Palencia y conforme a esto, la validación debe hacerse directamente ante esa instancia.

Señor(a) ciudadano(a) recuerde que los números de contacto del Call Center: 3812111 y 018000910071; para que pueda realizar las consultas que considere pertinentes relacionadas con la expedición de resoluciones. Adicionalmente puede comunicarse a través del buzón de correo electrónico atencioncliente@minhacienda.gov.co o dirigirse a las instalaciones del Ministerio para atención personalizada en la Carrera 8ª. No. 6-60. 

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