¿Cual es el procedimiento para solicitar la devolución de dineros consignados al Tesoro Nacional?
Mediante la Resolución 338 de 17 de febrero de 2006 se establecen los requisitos generales para las devoluciones de sumas de dinero consignados en exceso o que no correspondan a la Dirección General del Crédito Publico y del Tesoro Nacional del Ministerio de Hacienda y Crédito Publico. Estos requisitos son:
- Presentar solicitud suscrita por parte del interesado o su apoderado, en el cual debe afirmar que no ha realizado otra solicitud sobre dicha devolución, ni ha recibido pago alguno por el mismo concepto.
- Presentar certificado de existencia y representación legal expedido por la autoridad competente con un tiempo no mayor a un mes, al momento de su presentación ante la Dirección General de Crédito Publico y del Tesoro Nacional.
- Presentar copia de la consignación realizada a la Dirección General de Crédito Publico y del Tesoro Nacional y/o documento soporte del banco.
- Allegar certificación de la entidad bancaria en la que indique número de cuenta, tipo de cuenta, nombre del titular y estado de la cuenta en donde se deben situar los recursos por concepto de devolución.
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